De acuerdo a la Ley 1266 de 2008, puedes dirigirte al operador de la central de riesgo o a la fuente que reportó la información. En estos dos casos, el término máximo para que te den una respuesta a la solicitud es de quince (15) días hábiles.
En caso de no recibir una respuesta en el termino establecido o que no estés de acuerdo con lo que se te comunicó, puedes acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio. Ten en cuenta que si tu reclamo va dirigido contra una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, deberás tramitar el reclamo directamente a dicha entidad.
Para tramitar el reclamo ante la Superintendencia de Industria y Comercio, tendrás que acreditar que previamente habías presentado una reclamación al operador y que no se tuvo respuesta o la respuesta no fue favorable, mediante una copia de la reclamación con constancia de radicación, copia de la respuesta suministrada si se hizo la contestación o la afirmación de que ésta no fue contestada en términos establecidos.
De igual forma, puedes realizar consultas con los operadores para conocer el estado de la información. Esas consultas deberán ser atendidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su recepción.